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Derecho Sucesorio

Qué sucede con su herencia si fallece sin testamento en España

Morir intestado en España activa un mecanismo legal de sucesión que puede no coincidir en absoluto con su voluntad. Le explicamos quién hereda y en qué orden.

El fallecimiento sin testamento en España da lugar a la denominada sucesión intestada o ab intestato, regulada en el Código Civil. El orden de llamamientos es el siguiente:\n\n1. Descendientes (hijos y nietos), con preferencia de grado.\n2. Ascendientes (padres y abuelos).\n3. Cónyuge superviviente (en concurrencia con los anteriores, con derecho al usufructo del tercio de mejora).\n4. Colaterales hasta el cuarto grado (hermanos, sobrinos, tíos, primos).\n5. Estado español (en defecto de todos los anteriores).\n\nImportante: la pareja de hecho no tiene derechos sucesorios reconocidos en el Código Civil estatal. Algunas comunidades autónomas (Cataluña, Aragón, País Vasco…) sí los reconocen en su legislación foral propia. Si vive en pareja sin testamento, le recomendamos encarecidamente regularizar su situación ante notario.\n\nEl procedimiento para tramitar una herencia sin testamento exige primero obtener el Acta Notarial de Declaración de Herederos. Nuestro equipo le guiará paso a paso.